El Suicidio y el Homicidio

Suicidio:

El suicidio es el acto de quitarse la propia vida. Muchas religiones lo consideran un pecado, y en algunas jurisdicciones se considera un delito. Por otra parte, algunas culturas lo ven como una forma honorable de escapar de algunas situaciones humillantes, sin escapatoria o dolorosas en extremo.
Para considerarse suicidio, la muerte debe ser un elemento carnal y el motivo del acto, y no sólo una consecuencia casi ineludible. Así, los hombres bomba y los mártires no son considerados suicidas, dado que se sacrifican en nombre de una creencia. Tampoco son suicidas los que se sacrifican por otros en caso de emergencias ni los soldados que mueren en una guerra, y en estos casos, los muertos no son proscritos por la religión ni por la ley. En el caso de que el suicidio tenga consecuencias legales, la ley recoge que debe haber prueba de intención de morir así como la propia muerte para que el acto sea considerado un suicidio. Puede que dicho proceso sea costoso en caso de minusvalía y tenga que depender de alguien más, que entraría entonces en una dinámica de cómplice de suicidio y sería posiblemente penado con la cárcel.

Homicidio:
El homicidio es un delito que consiste en matar a otra persona. Etimológicamente se descompone en homo (hombre) y cidium, derivado de caedere, matar. Es una conducta reprochable, es decir típica, antijurídica y por regla general culpable (excepto en casos de inimputabilidad, donde no se es culpable pero si responsable penalmente) que consiste en atentar contra el bien juridico de la vida de una persona física.
El homicidio se diferencia del asesinato por su carencia de alevosía, ensañamiento u otras circunstancias, y generalmente por no matar con motivos miserables o vacuos, como la promesa remuneratoria o recompensa, o en general, el ánimo de obtener lucro de la actividad homicida.

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